Contraloría delimita gestiones de concejales y reafirma su rol fiscalizador
La Contraloría precisó que los concejales no pueden gestionar ante el alcalde o funcionarios municipales en favor de asuntos particulares. A la vez, reafirmó que sí conservan sus atribuciones legales para pedir información y fiscalizar la gestión municipal.
El pronunciamiento aclara el alcance de la doctrina ya fijada sobre las gestiones de concejales. La Contraloría insiste en que, por su sujeción a probidad, deben hacer primar el interés general por sobre el particular, de modo que quedan fuera de sus funciones las gestiones destinadas a promover, defender o representar intereses particulares ante el municipio.
La consulta surgió porque se entendió que ese criterio podría restringir la labor de representación territorial de los concejales. Sin embargo, el órgano de control distingue entre ese tipo de gestiones y las facultades que la ley sí reconoce para fiscalizar, citar funcionarios y pedir información sobre materias de competencia municipal.
En esa línea, el dictamen recuerda que el concejo es un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador, y que los concejales pueden requerir información por las vías legales previstas. La respuesta enfatiza que esas potestades no se extinguen por la prohibición de intervenir en favor de asuntos particulares.
Para los municipios, la importancia práctica está en ordenar la relación entre concejales, vecinos y administración. El criterio obliga a separar con claridad las gestiones que corresponden al ejercicio institucional de las atribuciones edilicias de aquellas que, por perseguir un interés particular, no pueden asumirse como parte de la función del concejal.