CGR aclara que los municipios no están obligados a habilitar comentarios en transmisiones
La Contraloría precisó que la normativa sobre sesiones públicas del concejo municipal regula la transmisión y publicación de sus grabaciones, pero no impone a los municipios un canal electrónico para comentarios durante la emisión. Por ello, no advirtió infracción en la actuación reclamada.
Fecha del dictamen:

La Contraloría señaló que las sesiones públicas del concejo municipal deben transmitirse simultáneamente por un medio electrónico con imagen y voz. Conforme al artículo 84, inciso sexto, de la ley N° 18.695, las grabaciones deben quedar publicadas con un enlace institucional dentro de las 72 horas posteriores a la sesión y mantenerse disponibles al menos tres años. El dictamen D80N26 aclara que esas obligaciones no incluyen habilitar comentarios electrónicos del público durante la transmisión.
El pronunciamiento se apoyó en el inciso sexto del artículo 84 de la ley N° 18.695, en la versión modificada por la ley N° 21.534. A partir de esa norma, el análisis se centró en distinguir entre el deber de difundir la sesión y una eventual interacción abierta con el público, cuestión que no aparece regulada en el texto examinado.
En consecuencia, la CGR concluyó que la sola ausencia de un espacio para comentarios no configura, por sí misma, una infracción a la normativa citada. El criterio queda circunscrito a la obligación legal de transmisión y publicación de las sesiones, sin extenderla a funcionalidades adicionales de la plataforma utilizada.
Para el funcionamiento municipal, el dictamen delimita el alcance mínimo exigible en esta materia: asegurar la difusión y disponibilidad de las grabaciones en los términos previstos por la ley. Fuera de ese marco, el pronunciamiento no impone nuevos deberes tecnológicos ni altera la forma en que cada municipio gestione su plataforma de transmisión.
Fuente documental: Contraloría General de la República, dictamen D80N26 de 2026-02-23; Boletín Jurídico marzo de 2026, página 5. Ver enlace oficial en la ficha.