CGR: asociación municipal no puede cobrar cursos ni actuar como proveedor
La Contraloría concluyó que la ACHM no está habilitada para cobrar por capacitación como actividad remunerada ni para participar como proveedor en compras públicas. También precisó límites sobre quiénes pueden asistir a sus cursos y sobre el pago de viáticos a concejales.
Fecha del dictamen:

La Contraloría determinó que la Asociación Chilena de Municipalidades no puede desarrollar actividades de capacitación remuneradas mediante cobros de inscripción, y tampoco puede actuar como proveedor del Estado en el sistema de compras públicas. El criterio se apoya en que las asociaciones municipales solo pueden actuar dentro del marco de sus fines legales y estatutarios, sin extenderse a una actividad económica de prestación de servicios remunerados.
En su análisis, el órgano de control precisó que el patrimonio de estas asociaciones puede integrarse, entre otros aportes, por cuotas y por el producto de bienes y servicios, pero esa referencia no constituye una habilitación para vender servicios de manera habitual. Por ello, concluyó que la capacitación impartida por la ACHM debe solventarse mediante los mecanismos previstos en la ley para este tipo de asociaciones, no mediante cobros por participante.
También indicó que la finalidad de estas entidades se limita al perfeccionamiento del personal municipal, alcaldes y concejales. En consecuencia, la incorporación de dirigentes sociales a sus actividades de capacitación excede su ámbito legal, por lo que esas instancias deben dirigirse solo a los sujetos respecto de los cuales exista habilitación expresa.
Respecto de las contrataciones públicas, la Contraloría sostuvo que, aunque la ACHM figure inscrita en el Registro de Proveedores, carece de habilitación jurídica para actuar como proveedor. Añadió que su participación en procesos de compra de municipalidades asociadas puede afectar la imparcialidad y los principios de probidad e igualdad ante las bases.
En cuanto a un caso concreto de viáticos, el pronunciamiento señaló que solo procede pagar los días en que el concejal efectivamente cumplió el cometido autorizado, sin extender ese pago a jornadas no comprendidas en el decreto respectivo.
Fuente documental: Contraloría General de la República, dictamen D341N26 de 2026-06-26; Boletín Jurídico julio de 2026, página 4. Ver enlace oficial en la ficha.