Plaza Cívica
Gestión municipal

CGR: municipios no pueden prestar servicios propios de casas funerarias

La Contraloría precisó que las municipalidades no tienen habilitación legal para desarrollar servicios propios de casas funerarias. En el caso revisado, ordenó ajustar el funcionamiento del cementerio a las prestaciones que la normativa sí permite en cementerios.

Fecha del dictamen:

Pórtico de acceso del Cementerio General, en Recoleta, Santiago, con su cúpula, dos palmeras y la explanada de estacionamiento delante.
Foto: Juan Villablanca / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 · Imagen ilustrativa · Fotografía original

La Contraloría concluyó que los municipios no pueden prestar servicios propios de casas funerarias, porque no existe una ley de quórum calificado que los autorice para desarrollar esa actividad. El criterio se funda en el principio de juridicidad y en que las municipalidades solo pueden actuar dentro de las funciones y atribuciones que la ley les reconoce.

El pronunciamiento distingue entre los servicios que el reglamento permite a los cementerios y aquellos que corresponden a las casas funerarias. En el primer caso se mencionan prestaciones como sepultaciones, traslados, exhumaciones, incineraciones, depósitos de cadáveres en tránsito, capillas o velatorios, reducciones, columbarios y cinerarios comunes. En el segundo, se incluyen actividades como proveer urnas, ataúdes, ánforas y cofres, además de los servicios necesarios para la sepultación, incineración, transporte y traslado de cadáveres o restos humanos.

Con ese marco, la Contraloría indicó que los cementerios pueden prestar los servicios que la normativa reglamentaria les asigna, pero no extenderse a prestaciones propias de casas funerarias. En consecuencia, el funcionamiento municipal debe ajustarse al ámbito expresamente previsto para los cementerios y a la regulación sanitaria aplicable.

En el caso examinado, se ordenó regularizar el funcionamiento del Cementerio General en esos términos y dar cuenta a la Contraloría. Además, el organismo anunció la instrucción de un proceso disciplinario para esclarecer eventuales responsabilidades administrativas asociadas a la puesta en marcha del servicio y al uso de recursos municipales.

Fuente documental: Contraloría General de la República, dictamen E67826N25 de 2025-04-23; Boletín Jurídico mayo de 2025, página 2. Ver enlace oficial en la ficha.