Contraloría delimita quiénes pueden participar en la conmemoración municipal
La Contraloría distinguió entre personal municipal, trabajadores reubicados desde educación y prestadores a honorarios para definir quiénes pueden integrar las actividades del Día de los Funcionarios Municipales. Además, recordó que la atención primaria de salud tiene su propia fecha conmemorativa y que el municipio debe resguardar la continuidad del servicio.
Fecha del dictamen:

Celebración municipal
La Contraloría precisó que el Día de los Funcionarios Municipales fue instituido como una festividad de reconocimiento a quienes laboran en los municipios. Sobre esa base, la participación en las actividades conmemorativas no se extiende de manera indiferenciada a todo quien preste servicios en la municipalidad.
Personal de salud municipal
El pronunciamiento distingue al personal del Departamento de Salud Municipal. Aunque se trata de funcionarios municipales, el órgano contralor indica que la autoridad competente fijó el 6 de septiembre como Día de la Atención Primaria de Salud, por lo que ese personal debe participar en esa fecha y no en la conmemoración municipal del 28 de octubre.
Trabajadores reubicados desde educación
Respecto de los servidores que pertenecían a los DAEM y fueron reubicados conforme al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N° 21.040, la Contraloría concluye que pueden participar de las actividades del Día de los Funcionarios Municipales. La razón es que mantienen la calidad de funcionarios municipales, aun cuando se rijan por el Código del Trabajo.
Honorarios y gestión municipal
En cambio, las personas contratadas a honorarios no pueden integrar esa celebración, porque no poseen la calidad de funcionarios municipales. El criterio reafirma que el municipio debe ordenar estas actividades con respeto al principio de continuidad de la función pública y con uso eficiente de recursos, sin confundir homenajes institucionales con vínculos que el derecho administrativo no reconoce como funcionarias y funcionarias del municipio.