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Bienes municipales y espacio público

Servicentro en bien nacional de uso público: Contraloría revisa concesión de Ñuñoa

En un caso de Ñuñoa, Contraloría reconoció los efectos de una renovación de concesión ya producida, pero indicó al municipio impedir una nueva renovación incompatible con las normas urbanísticas y examinar, en su caso, los procedimientos de regularización pertinentes.

Fecha del dictamen:

Surtidores de combustible de una estación de servicio urbana.
Foto: ddlogg / Pexels · Imagen ilustrativa · Imagen ilustrativa · Fotografía original

La Contraloría examinó una concesión de la Municipalidad de Ñuñoa para un servicentro situado en un bien nacional de uso público. A partir de la documentación urbanística y municipal, concluyó que el emplazamiento actual del establecimiento no se ajusta a la normativa aplicable, que prohíbe localizar ese tipo de instalaciones en los bienes de uso público comprendidos en el supuesto examinado.

El organismo distinguió esa incompatibilidad de los efectos de una renovación automática que ya había ocurrido. Como la renovación vigente se produjo antes del oficio contralor que advirtió formalmente el problema, y el municipio no podía evitarla a esa fecha, la Contraloría reconoció los efectos ya producidos por ese acto.

No obstante, instruyó a Ñuñoa adoptar oportunamente medidas para que la concesión no vuelva a renovarse en condiciones incompatibles con la normativa o, en su caso, regularizar la situación antes de su vencimiento. También consideró antecedentes sobre permisos de edificación provisorios, sin constancia de una ampliación del plazo señalado en el expediente.

Si el municipio decide solicitar la desafectación del inmueble como bien nacional de uso público, debe observar el procedimiento del artículo 64 del decreto ley N° 1.939, el criterio administrativo aplicable y, cuando corresponda, modificar el instrumento de planificación comunal. El dictamen resuelve la situación concreta examinada; su proyección a otros predios exige verificar las condiciones urbanísticas y contractuales particulares.

Fuente: dictamen CGR D14N26, de 30 de enero de 2026.